Emite CNDH recomendación a Tamaulipas

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Por Chantal Martínez Díaz

El gobierno del estado de Tamaulipas recibió la recomendación 35/2021 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que garantice a las mujeres y personas menstruantes privadas de la libertad el derecho a la gestión e higiene menstrual digna en los centros Penitenciarios.

Asimismo le exige al gobierno de Tamaulipas que garantice el suministro de agua en las prisiones.

La recomendación que fue enviadas a godos los gobernadores y a la jefa de Gobierno y al comisionado de Prevención y Readaptación Social, así como al secretario de la Defensa Nacional.

Lo anterior debido a que acreditaron violaciones al derecho humano a la protección de la salud en transversalidad con el derecho a la salud sexual y reproductiva, así como al acceso a una gestión e higiene menstrual digna de las mujeres y personas menstruantes privadas de la libertad.

Con lo cual las prisiones civiles y militares deberán contar con el presupuesto específico para la adquisición de toallas femeninas y elementos de gestión menstrual. “Deberán dotar, de manera gratuita, productos tanto a mujeres privadas de la libertad, como a las mujeres que ingresan como visita familiar, y reforzar programas para brindar máxima protección a su derecho a la salud sexual y reproductiva”.

La CNDH relató qie el 10 de noviembre de 2020,  inició de oficio la investigación y ejerció la facultad de atracción al estar involucradas autoridades de carácter local. Se solicitó información a las autoridades penitenciarias de las 32 entidades federativas, a Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).

De las constancias recabadas durante la integración del expediente se confirmó que en la mayoría de los estados no se cuenta con una partida presupuestal específica para la adquisición de elementos de gestión menstrual, que permitiera proporcionarlos de manera gratuita y suficiente a las mujeres y personas menstruantes privadas de la libertad.

En algunas entidades, la adquisición de tales productos se contempla dentro del presupuesto o gastos en general designados al centro penitenciario del que se trate, o en su caso, están incluidos en programas o partidas presupuestarias asignadas a material sanitario, de limpieza o medicina y productos farmacéuticos, lo que no dignifica el proceso que implica su periodo con el uso adecuado de su higiene menstrual. Así también, una de las vías para que las menstruantes accedan a elementos de gestión del período, principalmente las toallas femeninas, es mediante la compra en tiendas al interior de los centros penitenciarios, a costos poco accesibles para ellas.

La CNDH afirma que el Estado, en su calidad de garante, debe salvaguardar el derecho a la protección de la salud y seguridad sanitaria de la población penitenciaria femenina, proporcionando elementos de gestión menstrual, incluidas las copas menstruales, en este caso, previo estudio sobre la viabilidad de que estas sean adquiridas y distribuidas a las internas en cada entidad federativa, como una inversión a largo plazo.

Es importante señalar que una gestión menstrual digna no solo implica el acceso a los insumos, sino a espacios dignos y de suministro de agua potable, suficiente, salubre, aceptable, asequible, ininterrumpido y equitativo, como factor determinante para ello.

En algunos centros penitenciarios de entidades federativas como Guerrero, Hidalgo, Puebla, Morelos, Sonora y Tabasco, no se cuenta con espacios dignos para la higiene de las internas; en otras como la Ciudad de México, Estado de México, Guerrero, Sonora y Tamaulipas, se confirmó falta o deficiencias para el suministro del agua.

Finalmente, cabe mencionar que en Tamaulipas existe una población femenil de 241 internas en los diferentes Centros de Ejecución de Sanciones.

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